Tf TuFormato

Cómo hacer una carta poder simple: ejemplo, requisitos y errores comunes

Quién firma, cuándo basta una carta poder, un ejemplo de redacción y cómo revocarla.

¿Prefieres llenarlo en línea? Genera tu carta poder simple y descárgalo en PDF. Gratis y sin registro. Llenar ahora

Qué es una carta poder simple

Es un documento privado con el que una persona (el otorgante) autoriza a otra (el apoderado) para hacer un trámite específico en su nombre. La ley llama a este acuerdo "mandato": un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que éste le encarga (art. 2546 del Código Civil Federal). Se perfecciona cuando el apoderado lo acepta, de forma expresa o ejecutando el trámite (art. 2547).

Quién interviene

  • Otorgante: quien da el poder.
  • Apoderado: quien hará el trámite.
  • Dos testigos: personas mayores de edad que firman para dar constancia. Deben ser distintos del otorgante y del apoderado.

¿Cuándo basta una carta poder simple?

El Código Civil Federal permite otorgar el mandato en escrito privado firmado ante dos testigos, sin ratificar las firmas, cuando el interés del negocio no excede de mil veces el salario mínimo general (art. 2556). Para ir a la segura, toma como referencia unos 100 mil pesos.

En cambio, el mandato debe constar en escritura pública, o en carta poder con las firmas ratificadas ante notario o autoridad, cuando es un poder general, cuando el interés del negocio supera ese límite o cuando el acto debe constar en instrumento público (art. 2555). Si se omiten estos requisitos, el mandato queda anulado (art. 2557).

En términos prácticos: una carta poder simple sirve para recoger documentos, hacer trámites sencillos o gestiones puntuales. Para vender o comprar un inmueble, o para asuntos de monto alto, necesitas un poder notarial.

Poder especial, no poder general

Una carta poder simple debe ser especial: limitada a un trámite concreto. Según la ley, cuando se quieren limitar las facultades del apoderado se consignan las limitaciones, o el poder es especial (art. 2554). Por eso conviene describir con precisión lo que puede hacer y nada más.

Cómo redactarla paso a paso

  1. Lugar y fecha.
  2. A quién va dirigida: la institución o dependencia, o "A quien corresponda".
  3. Nombre completo y domicilio del otorgante.
  4. Nombre completo y domicilio del apoderado.
  5. El trámite exacto: qué puede hacer, ante quién y, si aplica, datos del documento o bien (placas, número de folio, número de cuenta).
  6. Vigencia, si quieres limitarla en el tiempo.
  7. Nombre y firma del otorgante, del apoderado (que acepta) y de los dos testigos.

Ejemplo de carta poder

Ciudad de México, a 5 de octubre de 2026.

A QUIEN CORRESPONDA · P R E S E N T E

Por medio de la presente, yo, María López Hernández, con domicilio en Calle Bruselas 6, Col. Juárez, Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México, otorgo a Juan Pérez García, con domicilio en Av. Insurgentes Sur 100, Col. Roma Norte, C.P. 06700, poder especial, amplio y suficiente para que en mi nombre y representación recoja la tarjeta de circulación del vehículo con placas ABC-123-D ante la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México. Este poder tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Firmas: otorgante (María López Hernández), apoderado que acepta (Juan Pérez García) y dos testigos con nombre completo.

Puedes generar la tuya con tus datos en el formulario de esta página y descargarla en PDF.

Cómo describir el trámite (buenos y malos ejemplos)

  • Bien: "recoja la tarjeta de circulación del vehículo con placas ABC-123-D".
  • Bien: "reciba en mi nombre los documentos del expediente número 12345 ante la dependencia X".
  • Mal: "haga todo lo necesario". Es demasiado vago y muchas instituciones lo rechazan.
  • Mal: mezclar varios trámites distintos en una sola carta. Es mejor una carta por trámite.

Qué documentos anexar

  • Copia de la identificación oficial vigente del otorgante.
  • Copia de la identificación oficial del apoderado, que además debe llevar el original el día del trámite.
  • Copias de las identificaciones de los dos testigos.
  • Los documentos propios del trámite (por ejemplo, la factura o el comprobante que pida la dependencia).

Vigencia y cómo revocarla

Puedes fijar una fecha límite en la carta. El mandato termina por revocación, por renuncia del apoderado, por muerte del otorgante o del apoderado, por vencimiento del plazo o por conclusión del trámite para el que se dio (art. 2595).

El otorgante puede revocarlo cuando y como le parezca, salvo si el poder se estipuló como condición en un contrato o como medio para cumplir una obligación (art. 2596). Para revocarlo, avisa por escrito al apoderado y a la institución donde se usaría.

Si vives fuera de México

La carta poder se firma donde tú estés, con dos testigos que también estén ahí, y le mandas el original a la persona que hará el trámite. Para asuntos de mayor monto, poderes generales o actos como vender una casa, necesitas un poder notarial, que los consulados de México ofrecen. Antes de enviar cualquier documento, pregunta a la institución si les basta: algunas piden su propio formato o requisitos adicionales.

Errores comunes

  • Describir el trámite de forma vaga ("lo que se necesite").
  • Que el apoderado firme también como testigo.
  • Olvidar las copias de las identificaciones.
  • Escribir nombres que no coinciden con los de la identificación.
  • Corregir o tachar a mano la carta después de firmarla.
  • Usarla para un asunto de monto alto o para vender un inmueble.

Preguntas frecuentes

¿La carta poder simple necesita notario?

No, si el asunto es de valor limitado y el poder es especial: basta con firmarla ante dos testigos. Para poderes generales, montos altos o actos que deban constar en instrumento público se necesita notario o ratificación de firmas.

¿Quiénes pueden ser testigos?

Personas mayores de edad, distintas del otorgante y del apoderado, que presenten su identificación. Algunas instituciones piden requisitos adicionales.

¿Cuánto tiempo es válida?

El que tú indiques en la carta. Si no pones vigencia, termina cuando se concluye el trámite, pero muchas instituciones solo aceptan cartas con fecha reciente.

¿Puedo cancelar una carta poder?

Sí. El otorgante puede revocar el mandato cuando quiera, salvo que se haya dado como condición de un contrato. Avisa por escrito al apoderado y a la institución.

¿Sirve una carta poder para vender mi casa?

No. Los actos que deben constar en escritura pública, como la compraventa de un inmueble, requieren un poder notarial.

Llenar mi carta poder simple →

Este contenido tiene fines informativos y no sustituye la asesoría de un abogado. Consulta las reglas de tu estado.

Formatos relacionados